Población estudiantil

Estatuto UNCPBA OCS 3997/2012

CAPITULO III – ALUMNOS

Artículo 66º: La condición de alumno universitario se adquiere con la inscripción en alguna carrera de una Facultad o Escuela Superior y se conserva mientras se observe la reglamentación que al respecto dicte el Consejo Superior.


Artículo 67º: Las Facultades y Escuelas Superiores pueden permitir, previa reglamentación y comprobación de suficientes condiciones en el interesado, la inscripción de alumnos vocacionales por materia. Dichos alumnos están autorizados a solicitar certificados de las actividades desarrolladas.


Artículo 68º: Las Facultades y Escuelas Superiores reconocen los centros estudiantiles que en su constitución observen las siguientes normas:

a) Propender a la defensa de los intereses de sus integrantes y al cumplimiento de los objetivos del presente Estatuto.
b) Asegurar la participación del total del padrón estudiantil.
c) Garantizar la representación de las minorías.
d) No contener en sus estatutos discriminaciones políticas, religiosas o raciales.

Artículo 69º: El Consejo Superior reconoce a la Federación Universitaria del Centro de la Provincia de Buenos Aires.

Link al Reglamento de enseñanza y promoción OCS 5462/24

Población Estudiantil Total Por Niveles UNCPBA

Población Estudiantil Total UNCPBA – Carreras de pregrado, grado y posgrado

Fuente: SIU- Araucano de SIU-Guaraní.

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